El personal que opera los dispositivos de control de las instalaciones nucleares o radiactivas, o que dirige dichas operaciones, tiene que estar provisto de una licencia específica, concedida por el CSN, tras acreditar su capacitación para realizar estas tareas en la instalación en la que vaya a ejercer el puesto de trabajo.
De forma explícita, la Ley de Tasas y Precios Públicos por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear dice que es facultad del Consejo «conceder y renovar, mediante la realización de las pruebas que [el Consejo] establezca, las licencias de operador y supervisor para instalaciones nucleares o radiactivas, los diplomas de jefe de servicio de protección radiológica, y las acreditaciones para dirigir u operar las instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico», que extiende el concepto de tasas por servicios de concesión y renovación de licencias a los diplomados de protección radiológica y a las personas acreditadas para la operación de las instalaciones de rayos X.
Los solicitantes de licencias no sólo han de acreditar su preparación y experiencia para las misiones específicas que van a realizar, sino que, además, deben demostrar un buen conocimiento del proyecto de la instalación y un reconocido equilibrio psíquico. Estas licencias deben ser renovadas periódicamente mediante un examen ex-profeso realizado por el Consejo de Seguridad Nuclear.